El 6 de marzo de 2018 tuvo lugar una mesa redonda organizada por Criminología y Sociedad en la que se pretendía reunir a una parte representativa de esta ciencia en nuestro país con el fin de debatir sobre cuestiones de gran interés para todo el colectivo, para con ello invitar a reflexionar sobre lo avanzado hasta ahora y hacía donde se debe dirigir la Criminología en España.
Esta mesa se estructuró en un formato de cuatro bloques que versaban sobre la enseñanza de la Criminología en España, el papel de los Colegios profesionales de Criminología y la incorporación de la figura profesional del criminólogo en el mercado laboral. Fue ideada para ser grabada y ser difundida en Internet, pero, lamentablemente, por motivos técnicos, no va a llevarse a cabo esto. No obstante, por el interés que creemos que tiene esta, se expondrá en este artículo buena parte de las reflexiones más interesantes llevadas a cabo por los ponentes.
Para obtener un abanico de ponentes que debatiesen desde distintas perspectivas fueron invitadas las siguientes entidades: los Colegios profesionales de Criminología en España existentes en aquel momento, por su indudable relevancia en el porvenir de la Criminología en nuestro país; FACE, la Federación de Asociaciones de Criminología de España, por ser uno de los organismos históricamente más relevantes en nuestra disciplina a nivel estatal; SEIC, la Sociedad Española de Investigación Criminológica, al ser la entidad española que agrupa a los investigadores españoles en Criminología; Andacrim, una de las principales asociaciones de Criminología de Andalucía, y una de las grandes promotoras del futuro colegio profesional de dicha comunidad; REJIC, la Red Española de Jóvenes Investigadores en Criminología, que pese a ser parte de SEIC, es la parte más novel y que ha estudiado el Grado en un contexto diferente al de generaciones anteriores que hicieron la titulación de Segundo Ciclo; y SIEC, la Sociedad Interuniversitaria de Estudiantes en Criminología, la sectorial de estudiantes de Criminología en nuestro país, por su contacto diario con el estado de la enseñanza.
De esta forma participaron por orden de las entidades expuestas: David Buil, vocal de formación universitaria, evaluación y ordenación académica del Col·legi de Criminòlegs de Catalunya; Abel González, presidente de FACE; Juan José Medina, presidente de SEIC; Pedro Campoy, secretario de Andacrim; Lorea Arenas, entonces vocal de gestión de proyectos de investigación en la REJIC; y Francisco Javier Ruiz, antiguo coordinador de la comisión de salidas profesionales de SIEC. No obstante, es preciso aclarar que las opiniones vertidas son personales, y no tienen por qué coincidir con el resto de personas que integran las entidades que representan.
En el primer bloque del debate, se les preguntó acerca de qué se debe mejorar en la enseñanza de Criminología en España. El primer turno fue para David Buil, quien comenzó expresando que a nivel fáctico solo podía hacer un análisis de la situación en Cataluña. De este modo, desde el Colegio de dicha comunidad, están contentos con la situación de la enseñanza en Cataluña, observando una extensión de Grados por todo el país y una mejora progresiva de los planes de estudio. No obstante, aprecia una necesaria mayor homogenización de la materia de los Grados, y un mayor camino por recorrer en lo referente a másteres y posgrados, dentro de los cuales los colegios pueden recabar información acerca de las necesidades formativas y profesionales de los colegiados y profesionales de la Criminología.
En segundo lugar, el turno le correspondió a Juan José Medina, quien comenzó argumentando que si bien son necesarios ciertos parámetros de contenido básicos comunes en todos los Grados que todo criminólogo a de aprender, es más conveniente que exista una constreñida diversidad dentro de estos, por aportarles una mayor riqueza. Seguidamente, señaló los principales problemas que detecta dentro de la enseñanza en Criminología en España. El primero de estos, es la excesiva oferta de Grados en Criminología en España, de acuerdo a las necesidades sociales reales de nuestro país, debiendo haber existido una mayor responsabilidad de las universidades en esta materia. El segundo gran problema que aprecia, es la existencia de una estructuración mínima de las plantillas de las universidades, ilustrando esto con el hecho de que mientras que en las universidades españolas el profesorado especializado en Criminología a tiempo completo tiende a oscilar entre una y tres personas, por ejemplo, en la Universidad de Manchester esta cantidad asciende a 15, sin contar con la plantilla asistente de ayudante universitarios que están haciendo sus tesis doctorales y llevan a también a cabo labores de apoyo a la docencia.
El tercer turno fue para Abel González. Dio comienzo exponiendo que es clave que los planes de estudios de los Grados estén orientados en mayor medida a las necesidades formativas de un criminólogo, destacando casos como las habituales carencias en metodología y en prevención y tratamiento de la delincuencia. Seguidamente, puso énfasis en el frecuente problema de la no adaptación del contenido de asignaturas de otros ámbitos científicos, como la Psicología y el Derecho, a la figura profesional del criminólogo. Tras esto, puso sobre el tablero la circunstancia de que el principal problema de los dobles grados es que al final uno de los que lo componen suele salir perdiendo, siendo mayoritariamente el caso de Criminología. Otro asunto al que dio especial importancia es a la necesidad de cuidar los distintos estudios de doctorado, existiendo actualmente muy pocos programas de doctorado en España con líneas en Criminología, puesto que si existen más doctores en Criminología en España, previsiblemente, funcionarán mejor las titulaciones. Por último, afirmó que es imprescindible que los estudiantes se impliquen y participen en la mejora de los planes de estudios.
En cuarto lugar, Lorea Arenas empezó haciendo énfasis en la necesidad de incorporar licenciados o graduados doctores en Criminología a los cuerpos docentes de enseñanza de los Grados, debido a la existencia de universidades en las que se da la situación de que hay asignaturas impartidas por profesores que no están ni formados oportunamente, ni suficientemente implicados, siendo notado por los estudiantes que este tipo de docentes no da el enfoque adecuado a estas asignaturas. Igualmente, argumenta que esto también sería esencial para que los estudiantes adquiriesen las competencias básicas y específicas de las distintas materias, y que se podrían llegar a evitar solapamientos producidos por la falta de coordinación entre docentes, la no dominación de la materia y el desconocimiento de qué es la Criminología. En segundo lugar, expone que actualmente hay una oferta muy limitada de másteres y posgrados en España, lo cual lleva a muchos estudiantes a marcharse fuera de nuestro país a formarse, al ser necesaria la especialización en Criminología con vías a insertarse en el mercado profesional. Para cerrar su turno, resaltó la necesidad de que los doctores en Criminología estén investigando en Criminología, para que la transferencia de conocimientos sea óptima, al enseñar contenidos que a la vez están investigando.
En quinto lugar, Francisco Javier Ruiz subrayó la homogeneización necesaria de ciertas competencias básicas en los planes de estudios de Grado, dentro de lo cual sería de gran utilidad los informes elaborados por SIEC, enfocándose en competencias fundamentales de áreas como la metodología, y buscando un reparto más proporcional dentro del resto de materias auxiliares estudiadas, tratando de evitar predominancias habituales de campos como el Derecho o la Medicina Legal. Seguidamente, recalcó la figura de los másteres y posgrados como formación especializada con presencia de doctores que estén trabajando e investigando, con el fin de que sean verdaderamente útiles para los estudiantes.
Cerrando el bloque, Pedro Campoy enfatizó que lo que hay que mejorar es precisamente la misma enseñanza en Criminología, dada la existencia de contenido teórico, práctico, y de métodos para generar un contenido mínimo homogéneo dentro de la diversidad que se requiere de los contenidos formativos, para la cual señaló que es fundamental que dentro del profesorado haya gente formada en Criminología y que sepa de esta ciencia. A continuación, señaló la importancia de que los órganos de decisión, a la hora de diseñar los Grados en Criminología, sepan qué es la Criminología, para que no haya contenidos tan dispares, mencionando como ejemplo, en un sentido negativo, el caso de algunas universidades en las que hay más de veinte asignaturas relacionadas con temáticas no vinculadas directamente a la Criminología como la Bioquímica forense y la Criminalística; siendo además, los responsables de racionalizar la oferta, debiendo conocer cuáles son las competencias básicas mínimas que tiene que adquirir un estudiante en Criminología. De esta forma, indica que, en su opinión, estas son las principales carencias actuales del sistema, que hacen muy difícil articular una enseñanza en Criminología.
Posteriormente, el segundo bloque, giró en torno a que pensaban acerca de la relevancia de la aparición de los Colegios profesionales de Criminología, y que pueden aportar estos que no sea posible llevar a cabo a través de asociaciones. Este fue abierto por Juan José Medina, quien comenzó exponiendo que si bien como docente e investigador le preocupa la inserción profesional de los egresados, por su campo profesional concreto, no consideraba ser la persona más adecuada para hablar sobre este tema. No obstante, expuso que le resulta absurda la existencia de la figura de los colegios profesionales en general (no sólo en el área de la Criminología) por la concepción territorial y compartimentación que supone de determinadas funciones y competencias, que desde una óptica anglosajona no tiene mucho sentido.
En segundo lugar, fue turno para Abel González, quien mostró su acuerdo en que la excesiva compartimentación de las funciones profesionales es algo negativo, y que sería conveniente que no existiesen colegios profesionales, pero, argumentó, que con las circunstancias actuales que hay en España, el no tener colegios profesionales, aunque sí asociaciones, hacía tener una serie de problemas por el hecho de que la fuerza y peso de estos primeros es mayor. De esta forma, afirmó que con la existencia de colegios profesionales, se puede estar a la par con el resto de figuras profesionales, independientemente de la fuerza de los colegios profesionales, ya que siempre tendrán más aquellos en los que la colegiación sea obligatoria. Como recapitulación, señaló que dadas las constricciones fijadas de antemano por el sistema, los colegios profesionales tienen mayor eficiencia en las relaciones con el resto de colegios profesionales, y en la representatividad frente a los poderes públicos.
El tercer turno fue para Lorea Arenas, quien se mostró de acuerdo con que dentro de las reglas del juego actuales, los colegios profesionales pueden servir para visibilizar y consolidar la figura profesional de la Criminología; y de alguna manera pueden combatir el intrusismo profesional, para acotar distancias con otros profesionales, ya que por ejemplo es absurdo que al ir a una clínica de psicología, el profesional que atienda al cliente no sea psicólogo.
En cuarto lugar, Pedro Campoy, inició su turno explicando que los colegios no sólo permiten aportar legitimidad en la defensa de la profesión, sino que también pueden ayudar a ordenar y racionalizar tanto los planes de estudio como los contenidos de lo que se imparte en los distintos grados y másteres relacionados con nuestra ciencia. Además, expresó que son organismos de control necesarios tanto para las universidades como para la actividad profesional. Tras esto, indicó que es cierto que son entidades que en Europa no tienen sentido, ya que las asociaciones profesionales son el modelo predominante, pero que el modelo español, para bien o para mal, legitima las entidades colegiales y relega a un plano discreto a las asociaciones, por lo que, aun siendo una rara avis dentro de la defensa profesional en el plano comparado, considera que son la herramienta que, a medio plazo, nos ayudará a consolidar la profesión en nuestro país.
En el quinto turno, Francisco Javier Ruíz comenzó exponiendo que la situación en la que un estudiante de último curso o recién egresado se encuentra es un poco confusa, pudiendo encontrarse desesperanzado si realmente no se ha informado a fondo del estado de la Criminología en España. Prosiguió exteriorizando que muchas asociaciones han venido haciendo un trabajo excepcional, pero que es cierto que los colegios, al contar con el apoyo de la comunidad criminológica de la región y sobre todo con la del parlamento autonómico de turno, es de suponer que tengan una posición superior a la de estas primeras. Por otro lado, expresó que conocer la situación laboral, publicar ofertas de empleo, tener acceso a datos reales sobre empleabilidad, quién se dedica al sector privado y quién al público, y cómo es el perfil de quienes se colegian, son algunas de las tareas que deben desempeñar. Finalmente, manifestó que desde su punto de vista, sobre todo, deben usar su alcance y su capacidad para luchar en organismos del Estado por la visibilidad real de la profesión y regular el correcto ejercicio de la criminología.
Por último, para cerrar el bloque, expuso David Buil, mostrando su acuerdo con los argumentos expuestos por el resto de integrantes de la mesa. Como ejemplo ilustrativo de la situación actual, señaló que si el mercado laboral en España fuese una bandeja con un pastel dividido en rodajas, las diferentes disciplinas no buscan coger su trozo de pastel, sino la bandeja entera para comérsela ellos solos, y que la única manera que tenemos para solicitar ese trozo de pastel que nos pertenece y que tenemos derecho a reclamar, es a través de los colegios profesionales y de la legitimidad que estos nos dan. Prosiguió explicando que esta legitimidad no siempre la tienen las asociaciones profesionales, ya que un colegio profesional viene aprobado por un parlamento autonómico y por una asamblea constituyente pública y regulada en la que todos los profesionales pueden ir y participar, la cual en el caso de las asociaciones depende de su número de colegiados. Haciendo referencia al caso concreto del Colegio de Criminología de Cataluña, expuso que en un breve espacio de tiempo (menos de dos meses) había estado aportando cosas que no se pudieron obtener a través de las asociaciones, como un acceso más rápido a diferentes instituciones, a los municipios, a las agencias de calificación, y a las universidades y los centros de formación ligados a estas, con todo lo que ello implica.
El tercer bloque, partiendo del hecho de que pese al importante número de entidades vinculadas a la Criminología en España y los grandes avances de los últimos años, de momento, la repercusión de la Criminología en la sociedad española es limitada y la incorporación de la figura profesional del criminólogo en el mercado laboral está lejos de parámetros deseables, se les preguntó qué creían que ha fallado hasta ahora.
Este bloque fue abierto por Abel González, quien señaló dos aspectos. En primer lugar, el ámbito académico, de las titulaciones y la oficialización de los estudios, dentro del cual, se mostró satisfecho por el trayecto que se ha recorrido. En segundo lugar, expone que falta abrir el ámbito profesional, existiendo algunas voces que señalan que se ha hecho al revés al sacar la titulación sin que haya una demanda de profesionales previa. Bajo su perspectiva, se va por el buen camino, teniendo que valorar dos cuestiones que hacen que no haya habido un boom de empleabilidad de los criminólogos: por un lado, el hecho de que la titulación todavía es joven y necesita un rodaje; por otro lado, la aparición de las titulaciones en una época de crisis económica en la que las administraciones públicas son más reacias y tienen menos presupuesto para la incorporación de nuevos profesionales, pese a los beneficios que esto puede conllevar, no siendo por tanto la coyuntura económica más propicia. Seguidamente, prosiguió afirmando que debemos hacer un ejercicio de autocrítica respecto a que no ha existido toda la unión que debería haber debido entre profesionales y asociaciones profesionales. Señaló que el problema principal de no haber tenido esta unión es que al haber habido pocas oportunidades profesionales, la idea que se ha tenido es que parecía que había que darse codazos con otros criminólogos para acceder a ellas con el fin de abrir esos campos profesionales. De esta forma, en resumen, apuntó hacia la crisis económica, la percepción todavía errónea de la figura del criminólogo y sus funciones por parte de la ciudadanía, y la no unión por parte de los criminólogos, que espera que cambie con los colegios profesionales.
El segundo turno fue para Lorea Arenas. Para ella, ha habido un momento clave, la aprobación de los estudios de Grado, o incluso más bien quizás la aprobación de la licenciatura. Expuso que la parte de la investigación criminológica en España era muy escasa e iba de la mano de estudios de especialización, que quiénes los estudiaban eran personas con una carrera previa, ya fuese Derecho, Psicología, etc., y luego se especializaban en Criminología, y utilizaban estos estudios para progresar profesionalmente dentro de un nicho de mercado ya creado, en una profesión en la que ya se encontraban más o menos situados. Por el contrario, indicó que con la creación de los estudios de Grado nos encontramos con un momento nuevo, debido a que el perfil de estudiantes es diferente, pues son mayoritariamente gente joven que van directamente a Criminología sin tener porque haber estudiado otra titulación previa, que van a tratar de hacerse un hueco en el mercado laboral, y que por tanto, no tienen las mismas necesidades que la gente que estudió la licenciatura. Señaló que ya hay promociones numerosas de jóvenes graduados, y que eso ha activado también de alguna manera el estereotipo latente de la Criminalística, aflorando con el surgimiento de los grados, y hablarse por ello más de la Criminología. Para concluir su turno, reflexionó acerca de que la situación actual no es producto de que haya fallado nada, sino más bien el cauce normal de desarrollo, ilustrándolo con la metáfora de que se podrían considerar los dolores del crecimiento, y que por esto mismo, de aquí a diez años, la situación, probablemente, será muy diferente, y que habrá cambiado la percepción social de la ciencia criminológica.
En tercer lugar, fue turno para Francisco Javier Ruiz, quien dio comienzo compartiendo una reflexión acerca de cómo ha percibido que el estudiantado suele entrar bastante motivado por la idea de la Criminalística arrojada en series americanas. Alegó, que esto no obstaculiza que se sepa dentro del Grado qué es la Criminología, pero, en cambio, no se sabe la variedad de utilidades que puede tener, y entonces habría que hacer ver esa demanda, teniendo en cuenta que antes era empleada más como especialización de personas que ya tenían una carrera profesional gracias otra titulación. En cambio, ahora, coincide con Lorea en que las nuevas generaciones, provenientes de los estudios de Grado, encuentran más difícil empezar dentro del área profesional, ya que por el momento hay muchas puertas cerradas como el ejemplo de la ya no existencia de la figura profesional del criminólogo dentro de Instituciones Penitenciarias. En línea con esto, afirmó considerar que el sector público se cierra mucho, siendo muy difícil llegar ahí, al estar ya estructurado y tener una determinada forma de proceder. Expresó que, tal vez, con los Colegios profesionales de Criminología el espacio del sector público se pueda abrir y conseguir una situación más justa. Finalizó su turno manifestando que la situación actual se ve muy negra, pero que gracias a la asistencia a congresos y otro tipo de actividades se puede ver gente con una trayectoria profesional, y que realmente no es todo tan negro.
El cuarto turno fue para Pedro Campoy, quien empezó afirmando que no comparte la visión pesimista que había predominado hasta entonces en la mesa. El primer motivo que alegó, es que si le preguntamos a cualquier otro profesor de cualquier profesión si sus niveles de empleabilidad son suficientes o adecuados, te dirá que no. En segundo lugar, expuso que en los debates sobre salidas profesionales, desde hace muchos años, siempre se tiene puesto el foco en el ámbito público, y este, desde hace tiempo, tiende a estrecharse, y que, aunque no nos guste, el modelo económico tiende cada vez más lo privado, no siendo novedad el hecho de que la producción de la prevención y la seguridad este coproducida por actores privados, cada vez más y más fuertes; y que en ese ámbito están trabajando muchas personas con la titulación de criminólogo, como por ejemplo en prevención de la pérdida o en prevención del fraude. De esta forma, señaló que si nos centramos todos en lo público podemos coger una soga y hacer un ejercicio de autolesión, pero si nos planteamos el ámbito privado, cada vez hay más personas con nuestro perfil profesional que están insertados en el mercado laboral en igual de condiciones que otros profesionales. Considera que lo que ha fallado es que precisamente se siga empecinado en mirar sistemáticamente al empleo público como principal cauce profesional, cuando en ninguna profesión, el empleo público es el que principalmente provee de ingresos a los colectivos, cuando por el contrario, mayoritariamente, es el sector privado el que hace esto, sobre todo en profesiones liberales como la nuestra. Por todo ello, afirma no compartir una visión pesimista. Como soslayo, además, considera que la propia experiencia de personas en el ámbito privado está generando más demanda, porque precisamente somos buenos en nuestro ámbito competencial, y que por ello, cree que estamos bastante mejor que hace 5, 6 o 10 años.
En el quinto turno expuso David Buil, quien comenzó exponiendo que no sabemos realmente si las posibilidades laborales en Criminología son limitadas, ya que no ha habido estudios que analicen en profundidad como es la situación actual, sin lo cual es muy difícil hablar con seguridad. Afirmó, que una de las principales labores de los colegios profesionales es hacer informes sobre cómo es la situación actual, y a partir de ahí poder valorar si realmente es limitada, y en el caso de ser así, que probablemente lo sea, ver como canalizar esto y hacer que sea un poco menos limitada. Prosiguió argumentando que en todo caso, en línea por lo expuesto por Pedro, en caso de que fuera limitada, habría que preguntarse si es normal dada la juventud de nuestra disciplina, a lo que él considera que probablemente sí, pero que también, probablemente, se está avanzando muy rápido para los años que tienen los estudios de Grado y licenciatura en este país. No obstante, señaló que no hay que dormirse, y que hay que seguir recogiendo información e inteligencia sobre cómo es la situación actual del profesional de la criminología en España, viendo en que campos puede llegar a trabajar, y haciendo presión para que así sea. Para esto, explicó que desde el Colegio profesional de Criminología de Cataluña tienen la intención de contratar un prospector laboral, que recoja toda la información sobre ofertas laborales publicadas que incluyan la figura profesional del criminólogo, o podrían incluir indirectamente la figura del criminólogo y así tener toda la información posible, y, junto a ello, hacer convenios con las universidades que tienen datos sobre la inserción profesional de sus estudiantes, y que por esto disponen de una imagen global sobre cómo es la capacidad de inserción laboral del conjunto de los titulados en Criminología. Por otro lado, señaló que tenemos que darnos a conocer, a través de los medios de comunicación, a través de congresos, etc. y no sólo a instituciones públicas, sino también, como decía Pedro, a empresas, y a la sociedad en general, desmitificando aquello que no somos, pero también enfatizando aquello que sí podemos hacer en las diferentes administraciones y en las diferentes empresas privadas.
Finalmente, para cerrar el bloque, fue turno para Juan José Medina, quien mostró su acuerdo con lo dicho anteriormente. Tras esto, indicó que habría que contextualizar que España, según diferentes estudios internacionales, es uno de los países que peor puntúa en cuanto a la proporción de egresados que realizan trabajos relacionados con los estudios que han realizado en el global de las distintas titulaciones existentes. Es decir, que la situación de los criminólogos no es particularmente excepcional dentro de lo que es el panorama español, valorando que hay un grado muy alto de desempleo; y en lo que respecta a la Criminología, un Estado social muy limitado en cuanto a funciones claras que podrían ser llevadas a cabo por criminólogos, que con la llegada de la crisis se ha acentuado, y que siempre ha habido en nuestro país una rigidez administrativa y burocrática muy fuerte que ralentiza todo. De esta forma, señaló que no tiene sentido que por ejemplo todavía las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no tengan todavía la figura profesional del analista del delito, a diferencia de lo que ocurre en otros países, ya que por ejemplo en Reino Unido es una salida típica para criminólogos como profesionales que trabajan para las fuerzas policiales sin pertenecer necesariamente a ellas, haciendo labores de mapeo de la delincuencia, análisis de la problemática delictiva, influenciando las respuestas policiales, etc. Por otro lado, expuso que, entroncando con el primer bloque y con lo expuesto por Pedro, volviendo a los que son los contenidos de los planes docentes y a las funciones que puede desarrollar el criminólogo dentro del ámbito privado, son cosas que brillan por su ausencia en los planes de estudio en España, mostrando que por ejemplo la metodología de la intervención es una variable ausente en los planes de estudios de Criminología en España. Así, señaló que, en España, no se enseña de forma suficientemente específica y detallada como trabajar con un delincuente o una víctima. De este modo, argumentó que se da la teoría, se da un poco el marco jurídico, se habla de programas de intervención que funcionan y este tipo de cosas, pero la metodología de cómo trabajar en este tipo de contextos generalmente es una cosa que no está suficientemente desarrollada. Concluyó, que quizás los colegios profesionales puedan ahora tener una capacidad de influenciar a las universidades para que cambien sus planes de estudios.
Por último, como conclusiones, fueron invitados a reflexionar acerca de proyectos actuales de las entidades de las que forman parte, perspectivas de futuro y otras aportaciones que considerasen oportunas. Este bloque fue abierto por Lorea Arenas, quien trató el papel de la REJIC. En primer lugar, señaló que habrá alumnos que decidirán desarrollar la vía académica y con ello hacer doctorado, por lo que resulta esencial una red de apoyo entre todos aquellos estudiantes que se encuentran en esta situación que no han desarrollado herramientas y unas competencias necesarias durante la carrera, y que precisamente por esos fallos en los Grados en Criminología, necesitarán buscar cursos de formación complementarios, especialmente en el área de métodos de investigación. Es por esto, que considera que la REJIC, siendo una sección de SEIC, es una buena plataforma de encuentro, para organizar comisiones de trabajo, y así comenzar a trabajar en grupos especializados, y debido a esto, de alguna manera, en el futuro, si estas personas terminan sus estudios de doctorado y consiguen entrar en cuerpos docentes universitarios, mejorará la calidad de la enseñanza.
El segundo turno fue para Francisco Javier Ruiz, quien afirmó en relación a SIEC, que tienen que seguir trabajando representando a los alumnos, estando entre estas funciones recoger información sobre cómo está el Grado. De esta forma, consideró que cada uno puede tener su opinión, que no tiene por qué coincidir con la de otras personas, pero que recogiéndolas todas, se puede tener una imagen global que puede ser trasladada a otros organismo como colegios profesionales, asociaciones, etc. Tras ello, expresó que muchas veces los estudiantes sienten que por cómo están estructuradas las universidades, por cómo hay que llegar a los órganos que de verdad pueden tener efectividad para promover cambios en los Grados, sienten que su aportación no va a poder hacer que nada cambie, lo cual es muy negativo y debe cambiar, siendo conveniente que hubiese una valoración entre todos, y que esta sea estudiada más.
En tercer lugar, expuso Pedro Campoy, quien comenzó exponiendo que el gran reto de Andacrim es conseguir la creación del Colegio profesional de Criminología en Andalucía, y que seguirán trabajando para sacar este necesario proyecto. Igualmente, señaló que, en paralelo, también tienen otros grandes retos, derivados no sólo de la propia evolución de la Criminología en Andalucía y sus particularidades con respecto a otras zonas de España. Dentro de esto, indicó que hay una vocación muy clara profesionalizante, siendo uno de los retos existentes hacer un acompañamiento en las salidas profesionales de los egresados, área dentro de la cual ya hicieron un estudio, por lo que seguirán trabajando para ver si el sector privado puede estar dando respuestas que el público no, pese a no ser por el momento más que hipótesis. Otro reto que manifestó, es el de acompañar a las universidades en sus procesos formativos, no sólo prestándose a colaborar como entidad consultiva de alguna manera en los diseños de los diferentes másteres que se están poniendo en marcha, sino también en aquellos procesos de mejora de los Grados que lo puedan necesitar.
En cuarto lugar, fue turno para David Buil, que expuso que desde los Colegios de Criminología uno de los principales puntos es la creación del Consejo de Colegios de Criminología en España, y el apoyo a las comunidades autónomas que todavía están luchando por ello, y luego integrarse en intercolegiales autonómicas. Alegó que esto es un paso importante que hay que hacer, una especie de carta de bienvenida que servirá para darnos a conocer al resto de profesionales, y que se pretende formar parte de las asociaciones intercolegiales no sólo para tener toda la información posible, sino para después compartirla con otros también. De igual forma, en línea con lo expuesto en anteriores turnos de palabra, pretenden recoger información a través del contacto con los coordinadores de Grado, con sus colegiados, y a través de la prospección de ofertas laborales, para poder detectar aquellos puntos débiles dónde es necesario trabajar más durante los próximos meses y años.
En quinto lugar, tomo el turno de palabra Juan José Medina, quien expresó que desde la SEIC el principal reto durante muchos ha sido el obtener el reconocimiento del área de conocimiento en Criminología por parte del Ministerio de Educación, comparable en importancia a la aparición de los colegios profesionales, dado que es una tarea nada fácil de conseguir, y realmente la única forma que los académicos en el ámbito español tienen para luchar por los intereses de la Criminología y mejorar los Grados es que se vea reconocido el área de conocimiento, porque eso les daría fuerza también para a nivel interno en cada universidad poder pedir los recursos necesarios. Seguidamente, expuso que hay un gran interés común con la FACE en presentar el Observatorio de los Grados en Criminología, una institución que por el momento se ha quedado en el papel, pero que tienen la idea de crear una especie de vínculo interinstitucional de colaboración para problemas como verificar las prácticas en la docencia en Criminología, sino en las universidades, en las agencias de acreditación a la hora de evaluar los Grado. Para concluir, indicó que a corto plazo, una de las actividades de la SEIC es organizar congresos a los que acudan todos los que estén haciendo ciencia criminológica, a los cuáles aprovechó a invitar a los sucesivos eventos que tengan lugar.
Finalmente, para cerrar este bloque y mesa, intervino Abel González, quien comenzó señalando que con la creación del Consejo de Colegios profesionales, FACE perderá gran parte de sus funciones, y tocará ver para qué puede quedar la federación. Mientras tanto, manifestó que desde FACE, se seguirá apoyando la creación de colegios profesionales donde no existen todavía, apoyando a los colegios que ya están creados en esa creación del Consejo, e intentar participar también con el apoyo y el bagaje de los años en ese devenir de dicho organismo. Igualmente, expuso, que se seguirán con los proyectos más importantes que continúan, apoyando con el congreso nacional junto a la SEIC la investigación y la difusión, línea en la cual considera que hay una evolución bastante positiva. En último lugar, se seguirá trabajando conjuntamente en el proyecto del Observatorio comentado por Juan José Medina, tratando de ir un poco más allá y trabajar también con el funcionamiento de las diferentes titulaciones, y ser un instrumento para que vaya mejorando todo lo que se ha hablado en la mesa, y así aportar ese granito de arena.
Comentarios
Derecho a una nueva prestación económica por IT sin haber transcurrido más de 180 días desde la extinción de la anterior. Sentencia SOCIAL Nº 753/2019, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1363/2017 de 06 de Noviembre de 2019.
1.-La cuestión a resolver en el presente recurso de casación unificadora consiste en determinar si una trabajadora, que ha agotado el plazo máximo en situación de incapacidad temporal sin que se haya declarado la Incapacidad Permanente, tiene o no derecho a prestación económica derivada de un nuevo proceso de incapacidad temporal por similar patología iniciado sin haber transcurrido más de 180 días desde la IT anterior.
2.-La sentencia recurrida, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 13 de febrero de 2017 -Rec. 1022/2016-, desestimó el recurso de suplicación presentado por la trabajadora, confirmando la sentencia de instancia que había denegado la prestación económica por incapacidad temporal reclamada por la trabajadora. Tras el agotamiento (545 días) de un primer proceso de incapacidad temporal sin declaración de incapacidad permanente, y antes del transcurso del plazo de más de 180 días naturales, el 14 de octubre de 2014 se dio nuevamente de baja médica y laboral a la trabajadora por depresión, siendo la misma o similar patología de la incapacidad temporal anterior (cuestión ésta que no se discutió a lo largo del proceso). El INSS denegó la prestación económica con el argumento de la falta de transcurso del referido plazo de más de 180 días naturales, tratándose de la misma o similar patología del proceso de incapacidad temporal agotado tras el plazo máximo de 545 días sin declaración de incapacidad permanente.
Para la sentencia recurrida la denegación administrativa de la prestación económica resulta ajustada a derecho, sin que sea de aplicación al caso de autos la jurisprudencia del Supremo (incluida la sentencia de contraste, a la que inmediatamente nos referiremos) que exige que el INSS justifique la denegación de efectos económicos en función de la posibilidad de recuperación o no de la capacidad laboral del trabajador durante la situación de nueva baja médica. Para la sentencia recurrida hay un elemento que permite prescindir de la jurisprudencia en cuestión, a saber, la falta de elementos objetivos para el pronunciamiento del INSS al haberse denegado en su día la incapacidad permanente por incomparecencia de la trabajadora al preceptivo reconocimiento médico. Sin embargo, resulta importante advertir que esa justificación aparece por vez primera en la sentencia de instancia y es ratificada por la sentencia de suplicación, sin que en su momento constara ni en la resolución del INSS denegatoria de la prestación económica de incapacidad temporal ni en la posterior resolución de la reclamación administrativa previa.
3.-La recurrente aporta como sentencia de contraste la dictada por esta Sala de 10 de diciembre de 2012, Rcud. 3429/2011. En las misma, el actor, con fecha 18 de agosto de 2008 había agotado un proceso de incapacidad temporal en su duración máxima. El INSS, por resolución de 10 de diciembre de 2008, denegó el reconocimiento de la incapacidad permanente. El 22 de diciembre de 2008 el actor causó nueva baja médica, cuyas prestaciones reclamó en la demanda al haberlas denegado la entidad gestora por tratarse de una recaída del proceso anterior y derivar la segunda baja de la misma patología que la primera, sin haber transcurrido 180 días entre uno y otro proceso.
La sentencia referencial, interpretando el artículo 131 bis.1 párrafo 1º LGSS-1994 (en la redacción introducida en el año 2005), reitera la jurisprudencia consolidada de que el criterio de la entidad gestora no puede ser discrecional ni puede basarse en el único argumento de que se trata de la misma o similar patología ni de que medien menos de seis meses de actividad, sino que debe fundarse en otro elemento objetivo que permita justificar la denegación de efectos económicos, siendo la justificación sobre el estado actual del trabajador que ha obtenido esa baja médica sobre lo que debe pronunciarse el INSS para fundar su decisión. Consecuentemente, estimó el recurso del beneficiario.
SEGUNDO.- 1.-A juicio de la Sala, en consonancia con el informe del Ministerio Fiscal, concurre la preceptiva contradicción exigida por el artículo 219 LRJS, pues en mérito a hechos sustancialmente iguales, mismas pretensiones y fundamentos, la sentencias comparadas han llegado a soluciones diferentes.
En efecto, los hechos decisivos presentan una total similitud pues en ambas sentencias el solicitante, tras el agotamiento del plazo máximo de una primera incapacidad temporal sin declaración de incapacidad permanente, presenta una posterior baja médica por la misma o similar patología antes del transcurso del plazo de más de 180 días naturales; y, en ambos casos, se produjo una denegación administrativa de la prestación económica para la nueva situación de baja sin justificación expresa del motivo de la denegación. Por lo que se refiere a las pretensiones, en ambos casos son idénticas dado que lo solicitado por el beneficiario y denegado por el INSS es el reconocimiento de la prestación económica por incapacidad temporal. Los fundamentos reflejan el mismo debate jurídico: la necesidad o no de que el INSS justifique expresamente la denegación de la prestación económica en función de la recuperación o no de la capacidad laboral del trabajador.
2.-No obsta a la existencia de contradicción el argumento de la sentencia recurrida según el que la inexistencia de justificación de la denegación por parte del INSS radicó en la falta de comparecencia en su día de la trabajadora al preceptivo reconocimiento médico en el expediente administrativo por incapacidad permanente, no sólo porque tal razonamiento nunca fue alegado en las resoluciones denegatorias de la prestación, sino -fundamentalmente- porque la controversia jurídica que, en su caso, habrá que dilucidar reside exclusivamente en la necesidad o no de justificación expresa de la denegación por parte del INSS; cuestión existente tanto en la sentencia recurrida como en la sentencia de contaste y, sin embargo, resuelta de modo distinto por los respectivos fallos de una y otra. No estamos en presencia de un caso en el que en una sentencia (en este caso, la recurrida) el INSS haya argumentado la supuesta incomparecencia para justificar la denegación de la prestación económica por incapacidad temporal. Tal fundamentación nunca se produjo; antes, al contrario, lo que hubo en la recurrida, al igual que en la referencial, fue la ausencia de referencia expresa alguna por parte del INSS a la justificación de la denegación, salvo el no transcurso del plazo. Ello aboca a considerar, sin género de dudas, que la controversia jurídica fue la misma en los casos resueltos por la sentencia recurrida y por la sentencia de contraste.
Tampoco impide la existencia de contradicción el hecho de que las sentencias objeto de comparación apliquen las versiones distintas del correspondiente precepto de la LGSS- 1994: la sentencia recurrida el artículo 131.bis.3, en la redacción introducida en el año 2013 (Ley 22/2013, de 23 de diciembre), y la sentencia de contraste el artículo 131.bis.1, párrafo segundo en la redacción introducida en el año 2005 (Ley 30/2005, de 29 de diciembre). Y ello porque ambas versiones son, respecto de la controversia aquí planteada, sustancialmente iguales, habiendo de hecho incorporado la redacción del año 2013 la jurisprudencia del Tribunal Supremo (de la que forma parte la sentencia de contraste) sobre la versión del precepto legal del año 2005.
Las personas autónomas societarias tienen derecho a Tarifa Plana. Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 1669/2019, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 5252/2017 de 03 de Diciembre de 2019
La sentencia, tras exponer el marco normativo aplicable, concluye que la Sra. Carolina es acreedora de la reducción de cuotas prevista por el artículo 31 de la ley 20/2007. Para ello tiene en cuenta que su artículo 1.2 c) considera trabajador autónomo también a quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios a una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, cuando posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquélla en los términos de la disposición adicional vigésimo séptima, dos c), del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
Entiende, por tanto, la sentencia que las deducciones previstas por el artículo 31 de la Ley 20/2007 alcanzan, no sólo a los comprendidos en su artículo 1.1 sino, también, a los mencionados en el artículo 1.2 c). Reprocha seguidamente a la Administración que su interpretación no está avalada por el elemento gramatical, ni por el sistemático ya que no es cierto que la defendida por la demanda y aceptada por la Sala de Bilbao haga superfluo el apartado 3 del artículo 31. Este último incluye entre los beneficiarios de este tratamiento a los socios de sociedades laborales y a los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado encuadrados en el RETA, si cumplen los requisitos del precepto. Dice la sentencia que dicho apartado 3 del artículo 31 responde a que dichos socios de unas y otras sociedades no están incluidos en el ámbito subjetivo del Estatuto del Trabajador Autónomo definido por el artículo 1 de la Ley 20/2007. De ahí que, de no ser por el apartado 3 del artículo 31, no podrían ser los beneficiarios de las deducciones.
Tampoco acepta la sentencia el argumento de la Tesorería General de la Seguridad Social según el cual la finalidad de las ayudas del artículo 31 de promover el autoempleo y la cultura emprendedora mediante la reducción de los costes de inicio de la actividad de determinados colectivos de jóvenes es contradictoria con el reconocimiento del acceso a las deducciones a socios capitalistas, administradores de sociedades cuya incorporación al RETA se justifica por ejercer el control efectivo de la sociedad. Dice la sentencia al respecto:
'Sin negar la fuerza de convicción de dicho argumento, se trata más de una crítica al Legislador que de un elemento interpretativo de la norma, argumento que no resulta definitivo a juicio de la Sala si tenemos en cuenta que en el colectivo de trabajadores autónomos contemplado por el artículo 1.2.c) LETA queda comprendida una variedad tipológica muy amplia de personas, entre las que se incluyen supuestos como el de la recurrente, persona joven sin actividad laboral previa, que inicia una actividad económica y, en lugar de hacerlo personalmente, opta por su personificación jurídica societaria por estrictas razones de utilidad económica. Además, el artículo 312.2 TRLGSS15 exceptúa de la base mínima de cotización prevista por el número 1, entre otros, al colectivo del artículo 305.2.b) (en el que se encuentra la recurrente) durante los 12 primeros meses de su actividad a contar desde la fecha de alta, si ésta es inicial, lo que pone de manifiesto que el legislador pretende también favorecer el inicio de la actividad laboral de dicho colectivo.
En definitiva, la interpretación postulada por la resolución recurrida no se compadece con el elemento gramatical ni sistemático de interpretación del artículo 31 LETA, y desde el punto de vista finalista, su aplicación al caso de autos no contradice el espíritu y finalidad del precepto'.
En consecuencia, estima el recurso en este extremo.
A continuación, la sentencia da también la razón a la recurrente sobre la base mínima de cotización que reclama --de 893,19€, frente a la de 1067,40€ fijada por la Administración-- y explica que la resolución recurrida estableció el primer importe en aplicación de la disposición adicional segunda del Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, derogada por el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en vigor desde el 2 de enero de 2016. De ello resulta, dice la sentencia:
'que el artículo 312.2 de dicho Texto Refundido establece que a los trabajadores autónomos incluidos en dicho régimen especial al amparo de lo dispuesto por el artículo 305.2.b) (supuesto en el que está la recurrente) les será de aplicación la base reguladora correspondiente a los trabajadores encuadrados en el grupo de cotización 1 del Régimen General, a excepción de aquellos que causen alta inicial en el mismo, durante los 12 primeros meses de su actividad a contar desde la fecha de alta.
El artículo 15 de la Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece la base mínima de cotización de 893,10 € mensuales.
Luego, tal y como postula la recurrente, durante los 12 primeros meses de alta en el RETA no resulta preceptiva la base reguladora correspondiente a los trabajadores encuadrados en el grupo de cotización 1 del Régimen General, pudiendo optar por la base mínima de cotización de 893,10 € mensuales, razón por la cual ha de ser estimado el recurso en este punto'.
PRL: Procedimiento de actuación para Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente al Coronavirus
El Ministerio de Sanidad ha publicado el «Procedimiento de actuación para los Servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (sars-cov-2)» Se han definido tres niveles de riesgo a los que se enfrentan los profesionales sanitarios frente al Covid-19.
El Ministerio de Sanidad, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo junto a otras organizaciones sanitarias y sindicales, han elaborado y publicado el “Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Ries...". Este procedimiento será de aplicación a las personas trabajadoras dedicadas a la asistencia sanitaria, transportes aéreo, marítimo y ferrocarril, colectivos de rescate, entre otros.
Dado que el contacto con el virus puede afectar a entornos sanitarios y no sanitarios, corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.
Partiendo del respeto a las medidas previstas en la normativa de aplicación (Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo o Ley 31/1995, de 8 de noviembre), los niveles y medidas de protección que se establezcan deben ajustarse y aplicarse en función de la naturaleza de las actividades, la evaluación del riesgo para los trabajadores y las características del
agente biológico.
En este sentido, hay que tener presente, según Sanidad, tres niveles de riesgo en función de los escenarios de riesgo de exposición al coronavirus SARS-CoV-2 en el entorno laboral
a) exposición de riesgo
Personal sanitario asistencial y no asistencial que atiende un caso confirmado o en investigación sintomático.
Conductor de ambulancia, si hay contacto directo con el paciente trasladado.
Tripulación medios de transporte (aéreo, marítimo o terrestre) que atiende durante el viaje un caso sintomático procedente de una zona de riesgo.
Situaciones en las que no se puede evitar un contacto estrecho en reuniones de trabajo con un caso sintomático.
REQUERIMIENTOS PREVENTIVOS: En función de la evaluación específica del riesgo de exposición de cada caso: componentes de EPI de protección biológica y, en ciertas circunstancias, de protección frente a aerosoles y frente a salpicaduras
b) exposición de bajo riesgo
Personal sanitario cuya actividad laboral no incluye contacto estrecho con el caso confirmado:
Personal de laboratorio responsable de las pruebas de diagnóstico virológico.
Personal no sanitario que tenga contacto con material sanitario, fómites o desechos posiblemente contaminados
Ayuda a domicilio de contactos asintomáticos.
REQUERIMIENTOS PREVENTIVOS: En función de la evaluación específica del riesgo de cada caso: componentes de EPI de protección biológica.
c) baja probabilidad de exposición
Trabajadores sin atención directa al público, o a más de 2 metro de distancia, o con medidas de protección colectiva que evitan el contacto:
REQUERIMIENTOS PREVENTIVOS: No necesario uso de EPI. En ciertas situaciones (falta de cooperación de una persona sintomática):
COMO ASESINÉ A MI ESPOSO!!!!
Declaración de la esposa en un caso real. Sólo quiero aclarar que no estoy loca a pesar de que me encuentro encerrada en una habitación completamente acolchonada; Si, en un manicomio.
-¿Cómo llegue aquí?
Estaba felizmente casada, apenas y cumpliríamos los 3 meses. No podría describir la ilusión que tenía al creer que había encontrado al hombre perfecto. En fin todo terminó esa noche que él había llegado tarde, a las 2:00 am para ser exacta…
-Amor te esperaba más temprano, ¿por qué te has retrasado tanto?
-Sólo me demoré y ya!
Dijo eso al mismo tiempo que se preparaba para darse un baño.
Mientras lo hacía su celular timbró repetidas veces, yo ya me encontraba recostada así que pensé “que atienda la llamada en cuanto salga” al fin que yo estaba un poco molesta por la manera en la que me había contestado (cabe mencionar que esa noche lo noté muy pensativo).
El celular seguía sonando y me vi en la necesidad de contestar ya que parecía una llamada urgente pues estaba insistiendo mucho…
-¿Bueno?
– – – –
La llamada se cortó o habrán colgado, pensé.
Cuando revisé quién habría llamado vi un mensaje que, aunque al principio me entristeció, después me alegré tanto de haberlo leído…
-Espero y hoy sí cumplas tu palabra y termines con ella de una vez por todas, no puedo esperar más para tenerte solamente para mí. Piénsalo, todo será mejor, deja de engañarla y dile que te vas.
Te amo tanto como tú me amas a mí.
Katia.
No sé exactamente cuántas veces leí y leí ése mensaje y fue cuando esa brillante idea arribó a mi mente que aunque estaba confundida fui lo suficientemente rápida para prepararme al momento que él saliera de su ducha.
-Aleeeex…
-Sam, ¿por qué apagaste todo? No puedo ver nada.
…
-¿Sam?
-… OOOH DIOS NOOOOO…..
Si, lo esperé con las luces apagadas y me puse detrás de la puerta, cuando escuché su voz fue como si un impulso repentino llegara a mí. Lo asesiné.
No necesité más que un cuchillo, sí, como el que tenemos en la cocina, él estaba confundido así que no me fue difícil atacarlo y ni siquiera recibir un golpe de él. Cuando cayó al piso lo apuñale por todas partes.
- A ver si Katia sigue amándote aún con el rostro que tienes ahora, pensé.
Tocaron el timbre.
Era David, su estúpido compañero de trabajo, lo odiaba, supe que solía tener varias mujeres a la vez, no entendía cómo, si físicamente me parecía asqueroso. Seguro él había sido la mala influencia para Alex.
Qué demonios quiere este bastardo? Tendré que atenderle para que no sospeche nada, le diré que ya está dormido.
-Buenas noches! Sam le pido una disculpa, pero creo que Alex por equivocación tomó mi celular pensando que era el suyo. Mire aquí está el de él. Debió confundirse por el cansancio, hoy hubo mucho trabajo.
** El acto que cometes en un momento de furia, será imposible corregir después.
Así lo estudiamos y así lo conte.
A.C.A.