Los maestros de banda. Me parece muy bien que se les haya asimilado de cabos a suboficiales( alguno de ellos por los años que tenían de antiguedad estuvieron unos meses de sargento y ascendieron a sargento 1º).Lo que me parece indignante es lo que hicieron con los cabos músicos, que cuando cumplían los cuatro periodos de reenganche los ponían de patitas en la calle. ¿Sabíais que para ascender a cabo músico era necesario realizar un concurso oposición en Madrid? Sí, si, nada de cursillos ni chorradas, una oposición como Dios manda, para luego darles una patada en el culo. Muchos de ellos con la carrera en sus respectivos instrumentos acabada, mientras que los maestros de banda, al menos los que yo he conocido, que muchos de los que he conocido, no tenían ni idea de lo que era una redonda o una corchea. Hoy en día muchos de esos suboficiales asimilados que pasaron a la reserva transitoria son tenientes. Repito que me parece muy bien por ellos, pero evidentemente una tremenda injusticia con los demás. Esta es la forma de incentivar al personal de nuestros querido ministerio.
Ahora bien, un Cabo de la escala de Banda asimilado a Sargento, es un Sargento de carrera igual que los que han pasado por las Academias?. No lo sé, la verdad, creo que sí. Independientemente de que este de acuerdo o no. Quienes mejor lo sabrán serán los jurídicos del Ejército y supongo que el General Director de personal, los habrá consultado. O ha dado los ascensos sin más y por su cuenta y riesgo?. No creo.
Permite el ascenso a teniente, con efectos retroactivos desde los 56 años, de aquellos suboficiales que pasaron a la reserva por aplicación del primer párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (56 años y 33 años de servicio como militar de carrera) y no habían ascendido a teniente. Para aquellos que pasaron a la reserva con 56 años en virtud del párrafo mencionado y ascendieron a teniente al cumplir los 58 años se les reconoce los efectos desde los 56 años. A los que pasaron a la reserva en los cupos anuales, pero les correspondía el pase por el primer párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (56 años y 33 años de servicio como militar de carrera), se les reconoce efectos desde los 56 años. Aquellos que pasen a la reserva a los 58 años por aplicación del segundo párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (58 años y 33 años de servicio desde el ingreso en las Fuerzas Armadas), ascenderán y se le reconocerá efectos desde los 58 años. Todos los que obtuvieron el empleo de sargento con anterioridad al 20 de mayo de 1999 que pasen a la reserva a los 61 años, ascenderán a esa edad pero se les reconocerá efectos desde los 58 años. Aquellos que pasen a la reserva en los cupos de reserva pero que les corresponde el pase por el segundo párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (58 años y 33 años de servicio desde el ingreso en las Fuerzas Armadas), ascenderán y se le reconocerá efectos desde los 58 años. Todos los obtuvieron el empleo de sargento con anterioridad al 20 de mayo de 1999 que pasen a la reserva en los cupos de reserva pero que les corresponda el pase a la reserva a los 61 años, ascenderán a esa edad pero se le reconocerá desde los 58 años. Los suboficiales mayores que pasen a la reserva por seis años de permanencia en el empleo y 58 años (art. 113.1.b), ascenderán a esa edad. A aquellos suboficiales mayores que pasaron a la situación de reserva por seis años de permanencia en el empleo hasta el 1 de agosto de 2013, se les concederá efectos desde los 56 años.
Respuestas
Los maestros de banda. Me parece muy bien que se les haya asimilado de cabos a suboficiales( alguno de ellos por los años que tenían de antiguedad estuvieron unos meses de sargento y ascendieron a sargento 1º).Lo que me parece indignante es lo que hicieron con los cabos músicos, que cuando cumplían los cuatro periodos de reenganche los ponían de patitas en la calle. ¿Sabíais que para ascender a cabo músico era necesario realizar un concurso oposición en Madrid? Sí, si, nada de cursillos ni chorradas, una oposición como Dios manda, para luego darles una patada en el culo. Muchos de ellos con la carrera en sus respectivos instrumentos acabada, mientras que los maestros de banda, al menos los que yo he conocido, que muchos de los que he conocido, no tenían ni idea de lo que era una redonda o una corchea. Hoy en día muchos de esos suboficiales asimilados que pasaron a la reserva transitoria son tenientes. Repito que me parece muy bien por ellos, pero evidentemente una tremenda injusticia con los demás. Esta es la forma de incentivar al personal de nuestros querido ministerio.
Ahora bien, un Cabo de la escala de Banda asimilado a Sargento, es un Sargento de carrera igual que los que han pasado por las Academias?. No lo sé, la verdad, creo que sí. Independientemente de que este de acuerdo o no. Quienes mejor lo sabrán serán los jurídicos del Ejército y supongo que el General Director de personal, los habrá consultado. O ha dado los ascensos sin más y por su cuenta y riesgo?. No creo.
Se trató de una DT:
Efectos de la disposición transitoria séptima.
Permite el ascenso a teniente, con efectos retroactivos desde los 56 años, de aquellos suboficiales que pasaron a la reserva por aplicación del primer párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (56 años y 33 años de servicio como militar de carrera) y no habían ascendido a teniente. Para aquellos que pasaron a la reserva con 56 años en virtud del párrafo mencionado y ascendieron a teniente al cumplir los 58 años se les reconoce los efectos desde los 56 años.
A los que pasaron a la reserva en los cupos anuales, pero les correspondía el pase por el primer párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (56 años y 33 años de servicio como militar de carrera), se les reconoce efectos desde los 56 años.
Aquellos que pasen a la reserva a los 58 años por aplicación del segundo párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (58 años y 33 años de servicio desde el ingreso en las Fuerzas Armadas), ascenderán y se le reconocerá efectos desde los 58 años.
Todos los que obtuvieron el empleo de sargento con anterioridad al 20 de mayo de 1999 que pasen a la reserva a los 61 años, ascenderán a esa edad pero se les reconocerá efectos desde los 58 años.
Aquellos que pasen a la reserva en los cupos de reserva pero que les corresponde el pase por el segundo párrafo del apartado 4 de la disposición transitoria octava (58 años y 33 años de servicio desde el ingreso en las Fuerzas Armadas), ascenderán y se le reconocerá efectos desde los 58 años.
Todos los obtuvieron el empleo de sargento con anterioridad al 20 de mayo de 1999 que pasen a la reserva en los cupos de reserva pero que les corresponda el pase a la reserva a los 61 años, ascenderán a esa edad pero se le reconocerá desde los 58 años.
Los suboficiales mayores que pasen a la reserva por seis años de permanencia en el empleo y 58 años (art. 113.1.b), ascenderán a esa edad.
A aquellos suboficiales mayores que pasaron a la situación de reserva por seis años de permanencia en el empleo hasta el 1 de agosto de 2013, se les concederá efectos desde los 56 años.
Perfecto amigo y los cabos?