Sistema de ascensos de los RRVV:
- Para que estos puedan producirse deberán haber permanecido al menos seis años en el empleo anterior y acreditar un mínimo de periodo de activación de 60 días, computando el tiempo invertido en la prestación de servicio en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, así como el empleado para participar en programas de formación continuada.
-Los oficiales pueden ascender hasta capitán, los suboficiales hasta brigrada y la tropa o marinería hasta cabo 1º.
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